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Certificado de Discapacidad






Una persona deberá ser reevaluada ante el rechazo de la renovación del certificado de discapacidad

CAMARA DE APEL. CONT. ADM. Y TRIB. DE LA CIUDAD AUT. DE BS. AS. - Sala 03 de CIUDAD DE BUENOS AIRES - CIUDAD DE BUENOS AIRES - 12/04/2017


Confirma el resolutorio que ordena realizar una nueva evaluación a un hombre carente de su ojo derecho, a quien no se le renovó el certificado de discapacidad bajo el argumento de que en su único ojo tenía una visión perfecta. 

Considera que la denegatoria implica una conducta contraria a derecho, pues equivale a no reconocer al peticionario la calidad de discapacitado y a privarlo de toda forma de acreditar tal condición, como también a impedirle el goce de las medidas específicas de asistencia a que tienen derecho las personas con diversidad funcional, resultando en una clara reducción del nivel de protección con el que contaba el actor cuando se le otorgó el certificado único de discapacidad. "Lavarra Pablo Leandro contra GCBA sobre amparo".


COMENTARIO: Las diferentes Juntas Evaluadoras tanto del Gobierno de la Ciudad como del interior del país, niegan otorgar el certificado de discapacidad a personas realmente discapacitadas limitando el acceso a los beneficios que le corresponde, a partir de una incorrecta interpretación de las normas de la CIF, (Clasificación Internacional de Funcionamiento de la Discapacidad y la Salud establecida por la Organización Mundial de la Salud), a la cual la República Argentina adhirió.

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