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DISCAPACIDAD MENTAL E INTERNACIÓN








¿Qué sucede cuando un familiar se encuentra en una situación que constituye un  peligro para sí o para terceros?
Cabe señalar que con la ley de salud mental 26657 el principio que rige para toda persona es la presunción de capacidad y el Código Civil y Comercial de la Nación adhiere ampliamente a este principio.
Entonces es importante señalar que para poder acceder a una internación involuntaria ya sea para su diagnóstico como para su tratamiento se exige un informe interdisciplinario que así lo indique. Cuando se habla de interdisciplina es para diferenciar claramente la multidisciplina. Esto quiere decir que el informe que se eleve constituya un sólo documento suscripto por las tres especialidades que se requieren: psiquiatra/neurólogo, psicólogo y trabajador/a social.
No se puede proceder a una internación con la sola intervención policial.
Asimismo en casos de urgencia inminente debe llamarse al SAME psiquiátrico a fin que tomen intervención inmediata y luego el médico del lugar donde se encuentra el paciente da intervención inmediata al juez de familia en turno en Capital Federal y a la jurisdicción que corresponda en las provincias.

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