Ley 27305
B.O. 09/11/2016
Salud
Pública. Todos aquellos agentes que brinden servicios
médico-asistenciales incorporarán como prestaciones obligatorias y a
brindar a sus beneficiarios, la cobertura integral de leche
medicamentosa para consumo de quienes padecen alergia a la proteína de
la leche vacuna, así como también de aquellos que tienen desórdenes,
enfermedades o trastornos gastrointestinales y enfermedades metabólicas,
las que quedan incluidas en el Programa Médico Obligatorio.
FUENTE: SAIJ
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Cobertura Integral de Leche Medicamentosa
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